Pensión

Ley 73 vs Ley 97: ¿cuál te toca y en qué cambia tu pensión?

GN
Equipo GestorNssMxActualizado: septiembre de 2026 · 6 min de lectura

Toda tu estrategia de retiro depende de una sola fecha: si cotizaste por primera vez antes del 1 de julio de 1997, perteneces a la Ley 73; si empezaste después, a la Ley 97. Son dos mundos distintos — y saber en cuál estás cambia cuántas semanas necesitas, cómo se calcula tu dinero y qué decisiones te convienen.

La fecha que divide todo: 1 de julio de 1997

Ese día entró en vigor la nueva Ley del Seguro Social. Quien ya cotizaba antes quedó protegido por el esquema anterior (Ley 73); quien se dio de alta por primera vez después, quedó en el nuevo (Ley 97). No lo eliges tú: lo define tu primera alta ante el IMSS, y tu reporte de semanas cotizadas lo revela al mostrar desde cuándo cotizas.

Ley 73: pensión por fórmula

  • Mínimo 500 semanas cotizadas y 60 años cumplidos (cesantía) o 65 (vejez).
  • Tu pensión se calcula con el promedio salarial de tus últimas 250 semanas (~5 años) y sube con tus semanas totales y tu edad de retiro.
  • Es vitalicia, con aguinaldo anual y pensiones derivadas (viudez, orfandad).
  • Estrategias como la Modalidad 40 pueden multiplicarla.

Ley 97: pensión por saldo

  • En 2026 pide 875 semanas cotizadas (sube 25 por año hasta llegar a 1,000 en 2031).
  • Tu pensión depende del saldo de tu cuenta individual de Afore: con él contratas renta vitalicia o retiros programados.
  • Si cumples semanas y edad pero el saldo no alcanza, aplica la Pensión Mínima Garantizada.
  • Aquí las decisiones clave son las de tu Afore: comisiones, aportaciones voluntarias y saber dónde está tu cuenta.

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Ojo con esto: mucha gente Ley 73 cree que es Ley 97 (y al revés) por una pausa laboral larga. La pausa no te cambia de régimen — lo que puede afectar es la "conservación de derechos", que se recupera volviendo a cotizar.

Entonces, ¿qué te conviene revisar hoy?

Primero, tu régimen y tus semanas exactas con el reporte oficial. Si eres Ley 73: proyecta tu promedio de las últimas 250 semanas y evalúa Modalidad 40. Si eres Ley 97: localiza tu Afore, revisa comisiones y considera aportaciones voluntarias. En ambos casos, la foto completa —semanas + Afore + salario registrado— es el punto de partida, y la tenemos lista para ti en el Paquete Mi Retiro.

Preguntas frecuentes

Empecé a cotizar en 1996, dejé de trabajar y volví en 2005, ¿qué soy?

Ley 73. Lo que importa es tu PRIMERA alta ante el IMSS: si fue antes del 1 de julio de 1997, conservas ese derecho aunque hayas tenido pausas.

¿Puedo elegir entre las dos leyes?

Solo quienes cotizaron antes de julio de 1997 tienen el "derecho de elección" al pensionarse: el IMSS les calcula por ambas y pueden quedarse con la mejor. Quien empezó después solo tiene Ley 97.

¿En Ley 97 de cuánto será mi pensión?

Depende del saldo acumulado en tu Afore: con él se contrata una renta vitalicia o retiros programados. Si cumples las semanas pero el saldo no alcanza, existe la Pensión Mínima Garantizada.

¿Dónde veo cuántas semanas llevo?

En tu reporte de semanas cotizadas del IMSS — te lo entregamos en PDF con tu CURP, sin contraseñas.